Publicada la convocatoria de anticipos reintegrables de nóminas 2023 para el personal de la Junta de Andalucía

07 febrero 2023

Del 8 de febrero al 1 de marzo de 2023 permanecerá abierto el plazo de solicitud de los Anticipos Reintegrables de nóminas, convocatoria 2023, para las personas empleadas en la Junta de Andalucía (Administración General, Docentes y personal de Instituciones Sanitarias). La cuantía máxima de esta ayuda es la equivalente a la remuneración líquida de dos nóminas.

valoración
  • Actualmente 0 de 5 Estrellas.
Haz tu comentario

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Andalucía informa de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de 7 de febrero de 2023 de la resolución que establece el plazo de presentación de solicitudes y se dictan instrucciones en relación al procedimiento de concesión de anticipos reintegrables de nómina para el personal empleado público de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2023.

SATSE recuerda que podrán ser beneficiarios de los anticipos el personal estatutario fijo, en el que se incluye el personal del Servicio Andaluz de Salud (SAS), el personal funcionario de carrera de la Administración General de la Junta de Andalucía y el personal laboral fijo acogido al ámbito del VI Convenio colectivo de la Junta de Andalucía y el personal docente de la enseñanza pública no universitaria que ostente la condición de funcionario de carrera o laboral indefinido.

Se podrá solicitar en concepto de anticipo una cantidad equivalente a la remuneración líquida de una o dos mensualidades, entendiéndose por remuneración líquida las retribuciones percibidas con carácter fijo y periodicidad mensual. No se computarán, a estos efectos, las pagas extraordinarias, gratificaciones, dietas, gastos de locomoción y demás conceptos que no tengan carácter fijo ni periodicidad mensual.

Para el cálculo del anticipo se tendrán en cuenta las retribuciones líquidas del mes de enero de 2023.  Los anticipos concedidos no devengarán interés algún y plazo de amortización será el indicado en la solicitud no pudiendo exceder de 12 meses si se solicita el anticipo de una mensualidad, ni de 24 si el anticipo alcanza las dos mensualidades.

Las cantidades concedidas se abonarán en nómina. El reintegro se efectuará mediante detracción en nómina a partir del mes siguiente al de su abono. La cantidad a descontar mensualmente será la resultante de dividir el importe del anticipo concedido entre el número de meses autorizados para su devolución.

Presentación de solicitudes

En esta ocasión, el plazo de presentación de solicitudes será de quince días a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, esto es entre el 8 de febrero y el 1 marzo de 2023, ambos incluidos.

Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del empleado público https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, «Tramitación electrónica», «Acción social», «Anticipos Reintegrables».

En el caso del personal estatutario y docente deberán presentar la solicitud a través de la web  del empleado público mediante certificado electrónico. Una vez realizada la identificación, se deberá seleccionar «Anticipos reintegrables 2023». Ello permitirá el acceso al anexo de solicitud que aparecerá cumplimentado con los datos descriptivos de la convocatoria y los datos personales de identificación de la persona solicitante validados al acceder a la aplicación.

Una vez cumplimentada la solicitud, se procederá a la grabación del documento como borrador con la opción «guardar como borrador». En su caso, el sistema indicará los errores u omisiones en que se haya incurrido para que se proceda a su subsanación. Esta opción supone el almacenamiento temporal del documento a fin de que por la persona solicitante se pueda completar su confección en posteriores sesiones, a través de la opción «Editar». Este almacenamiento temporal de la información tendrá sólo carácter instrumental, pudiendo imprimirse cruzado por una banda que indique su carácter, y carecerá de transcendencia jurídica alguna en el procedimiento.

Finalizada la cumplimentación de la solicitud, quien acceda con certificado electrónico podrá solicitar la opción «Firmar y presentar»; quien acceda con Código de Usuario y Clave privada de Acceso tendrá la opción «Presentar». Ambas opciones son válidas para la presentación de la solicitud.

Desde el momento en que la solicitud queda «Firmada y Presentada» o «Presentada» no podrá ser modificada en ningún caso, si bien se podrán presentar tantas solicitudes como sea necesario, tomándose como valida la última.

La presentación de la solicitud en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por la persona interesada en el que quedará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como la fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma por el citado registro. Dicho justificante se hará llegar inmediatamente a la persona interesada en la dirección electrónica que ésta haya designado.

En el caso de que se detecten anomalías de tipo técnico en la presentación electrónica de la solicitud, dicha circunstancia se pondrá en conocimiento de la persona solicitante por la propia aplicación mediante los correspondientes mensajes de error, para que proceda a su susbsanación.

Independientemente del modo de presentación de la solicitud elegido ‒«Firmar y Presentar» o «Presentar»‒, la solicitud quedará presentada cuando en el apartado correspondiente aparezca un «OK».

La persona solicitante podrá guardar su solicitud electrónica y obtener copia escrita de la misma mediante las correspondientes opciones de guarda e impresión facilitada por la aplicación.

Documentación

Junto con la solicitud no se presentará ninguna documentación. Los datos necesarios para su tramitación, así como la cuantía a conceder, antigüedad en la Administración a 31 de diciembre del año 2022 y retribuciones líquidas relativas al mes de enero del año en curso, serán recabados por la Secretaría General para la Administración Pública.

En caso de dudas o de necesitar ayuda para la tramitación, consulta con tu delegado sindical o sede provincial de SATSE.

A destacar

  • BOJA 7 febrero 2023 Anticipos Reintegrables nóminas 2023

    07 febrero 2023 - 185,80 kB Descargar

Añade tus comentarios

Debes estar identificado para subir comentarios

Comentarios (0)

No hay ningún comentario